¿Cuánto me toca en el reparto de utilidades?

Aguinaldo, fondo de ahorro, vales de despensa, sin duda son de las cosas que como buenos Godínez se llega a disfrutar, pero llega la anhelada etapa del año donde las empresas cierran sus cifras anuales y con ello el pago de impuestos y ¡el reparto de utilidades!

Aún recuerdo que en la primaria tuvimos que aprender los artículos más relevantes de nuestra Constitución Política, pero poco imaginaba lo bonito que sería el Artículo 123. Si, ese artículo que habla del trabajo y la previsión social, aquel que en su apartado A, fracción IX reza que los trabajadores tendrán derecho a una participación en las utilidades de la empresa, ¿esto qué significa?

¿Cuánto y cómo?

De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo, este derecho deberá pagarse a los trabajadores a más tardar sesenta días posterior a la fecha en que deba pagarse el impuesto anual. Es decir, al cierre de mayo para quienes laboran para una persona moral y junio para quienes lo hacen para una persona física. 

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Colegas del trabajo en una reunión

Ahora, de acuerdo con el monto, que es lo que nos interesa. La utilidad por parte de la empresa deberá corresponder al 10% de la utilidad neta y deberá ser dividida en dos partes iguales para repartir a los trabajadores.

La primera será determinada de acuerdo con el número de días trabajados por cada uno en el año, sin importar el monto de su salario.

La segunda parte será asignada en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el ejercicio, es decir, tu nivel salarial.

1ra parte:

      5% utilidades de la empresa       Días laborados
Días trabajados por todos los empleados   por X trabajador 

2da parte:

    5% utilidades de la empresa       x  Salario anual
Salarios anuales de los trabajadores    de X trabajador

1ra parte + 2da parte = Utilidades del trabajador

Se suman las dos y eso es lo que toca de utilidades. 

El monto final tiene de límite 3 meses de salario o el promedio de utilidades recibidas en los 3 últimos años, lo más conveniente para el trabajador.

En este sentido, deberá tomarse en cuenta exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otras retribuciones como tiempo extra, gratificaciones, primas u otro derivado de su labor. Cuando el salario sea variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el ejercicio.

¿Cuándo aplican las utilidades?

Aplican cuando hayas laborado al menos 60 días en la empresa, ya sea como trabajador eventual o de planta. ¡Spoiler Alert! Si eres mamá, los periodos pre y postnatales se te considera como trabajador en servicio activo, asimismo, para todos los trabajadores son efectivos los días en los que se perciba un sueldo, aunque no sea jornada laboral, tal como vacaciones, días festivos, permisos con goce de sueldo, etc. 

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Laptop sobre una mesa con un café a lado

De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo, no aplicará el reparto de utilidades para los directores, administradores y gerentes generales de las empresas.

¿Todas las empresas están obligadas al reparto de utilidades?

De acuerdo con la Ley Federal de Trabajo, existen empresas que no se encuentran obligadas a realizar repartición de sus utilidades como:

  • Aquellas de nueva creación dentro de su primer año de funcionamiento.
  • Las de nueva creación que elaboren un producto nuevo, durante sus dos primeros años de funcionamiento.
  • Empresas de industria extractiva de nueva creación, durante la etapa de exploración. 
  • Instituciones de Asistencia Privada.
  • El IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria

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Monedas con un letrero que dice Tax

¿Si me pagan utilidades existe alguna retención de impuestos?

De acuerdo con el artículo 93 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no se pagará ISR en la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, cuando el monto corresponda hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, es decir, únicamente se pagará dicho impuesto sobre la cantidad excedente.

Ahora que sabes todo lo que representa el pago de utilidades y eres de los afortunados Godínez en recibirlo, te corresponde sacarle el jugo al máximo, elabora un plan de acuerdo con el monto que recibas, reduce deudas, comienza un fondo para emergencias, inviertas y ¿Por qué no? Date una recompensa y cómprate ese gusto culposo que traes en la mente. 

 

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Etiquetas:
Presupuesto Ahorro
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