¿Puedo exentar impuestos al invertir en Sofipos?

La mejor, y casi que única, manera de poder alcanzar la libertad financiera, es invirtiendo. 

Eso, si estás leyendo este artículo, no es ninguna novedad para ti. 

Una de las mejores maneras de invertir en México es abriendo una cuenta bancaria en una Sociedad Financiera Popular, mejor conocidas como SOFIPOs. 

Eso, si estás aquí, insisto, estoy seguro que tampoco es un secreto para ti. 

Ya sabes que invertir es el mayor propulsor de la movilidad social y ya sabes que las SOFIPOs traen unas tasas de interés bien jugosas.

Sabiendo todo eso, puede ser que sepas que además en las SOFIPOs podemos exentar el pago de ISR por la ganancia de sus intereses.

 ¿Lo sabías? Deja te platico un poco sobre esto.

Ingresos exentos

Es importante que tengas en cuenta que todos aquellos que somos residentes fiscales mexicanos estamos obligados a pagar ISR cuando aumente nuestro patrimonio, donde sea que nuestro patrimonio aumente, ya sea en México o en Kuala Lumpur. 

Pero, para el caso de las personas físicas, hay una serie de ingresos que la Ley nos permite exentar del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR). 

Esos ingresos, por si te interesa conocerlos, puedes encontrarlos en el art. 93 de la Ley del ISR (LISR).

Pues este artículo, en la fracción XX inciso b), menciona que los intereses que sean pagados por sociedades cooperativas de ahorro y préstamo y por las sociedades financieras populares, provenientes de inversiones cuyo saldo promedio diario no exceda de 5 UMAs, elevado al año no pagarán ISR. 

La UMA diaria, durante el 2024, equivale a $108.57 por lo que la UMA anual equivale a $39,606 y 5 UMAs anuales son $198,031.

Entonces si el saldo promedio diario de tu inversión en SOFIPO es igual o menor a $198,031 todos los intereses que te genere serán 100% exentos de ISR.

Envato/1footage

Mano sosteniendo iconos de alcancía y signos de porcentaje

Ejemplo

Imagínate tú que tienes un saldo promedio diario de $198,031 y que lo tienes invertido en una SOFIPO que pague el 12% anual. 

Habrás cobrado $23,764 de intereses sin tener que pagar ni un solo centavo de impuestos, ¿no es eso una belleza?

¿Puedo invertir en varias Sofipos para exentar más impuestos?

Envato/Olivier_Le_Moal

concepto de diversificaciónSi, el Reglamento de la LISR (RLISR) en su art. 96 nos menciona que las SOFIPOs deben calcular el saldo promedio diario de las inversiones de sus inversionistas considerando todas las cuentas o inversiones que el contribuyente tenga abiertas en una misma SOFIPO. 

Dicho de otro modo, el límite de de 5 UMAs anuales de inversión debe considerarse por SOFIPO. 

Si a mí me lo preguntas, eso quiere decir una cosa:

Si tengo 5 cuentas de inversión de $40,000 abiertas en la misma SOFIPO, la suma de las 5 cuentas suma $200,000 por lo que incumplo el límite de inversiones por SOFIPO y no puedo exentar mis ingresos por dichos intereses. 

Pero si abro 5 cuentas de $40,000 en 5 SOFIPOs distintas, pues en ninguna incumplo la limitante de $198,031 por lo que los intereses de mis cinco cuentas de inversión serían exentos.

¿Si invierto más de 5 UMAs al año en varias Sofipos, debo pagar impuestos en mi declaración anual?

Envato/innu_asha84

La incertidumbre de las decisiones financieras un símbolo de dudaNo, tomemos en consideración un asunto bien importante: La interpretación de las leyes fiscales debe hacerse manera estricta, es decir, lo que dice el texto de ley es lo que es y lo que no dice yo no me lo puedo inventar o modificar.

Lo que NO dice la ley

Esta aclaración la hago porque ni la LISR ni el RLISR me dicen que deba de sumar los saldos promedio diarios de todas las cuentas que tenga abiertas en todas las SOFIPOs.

La ley y su reglamento únicamente menciona que debo sumar todas las cuentas que tenga abierta en una misma SOFIPO.

Si la ley me quisiera obligar a eso, bien podría decirlo así, por ejemplo:

En el mismo art. 93, pero en la fracción V nos dice que para considerar la exención a la que refiere dicha fracción (que es la exención de ISR a las pensiones) se deben de considerar el 100% de los ingresos que reciba el pensionado con independencia de quién se los pague. 

Es decir, esa fracción sí me obliga a sumar el total de las pensiones que reciba de todas las instituciones que me paguen una pensión.

Pero ni la fracción XX inciso b) ni el art. 96 del RLISR me dicen que deba de sumar la totalidad de los saldos promedio diarios de todas mis cuentas de todas las SOFIPOs en las que yo invierta. 

Lo que SI dice la ley

Por el contrario, especifica la LISR es que solo debo de sumar los saldos promedio diarios de todas las cuentas que yo tenga en una misma SOFIPO. Así que ahí te va mi conclusión.

¿Puedo sacar aún más provecho de las exenciones de impuestos al invertir en Sofipos?

Ahora sí, te preguntarás ‘¿Cómo le saco más jugo a la naranja?’, supongamos que tienes $2,000,000 y lo quieres invertir en SOFIPOs. 

Si abres varias cuentas en una misma SOFIPO, seguro que rebasas el límite de $198,031 y no obtendrás la exención que hemos hablado.

Pero si, ¿y si vas a 11 SOFIPOs distintas y en cada una inviertes $181,818? En ese caso no estarías rebasando el límite de exención ni incumpliendo la mecánica de cálculo del saldo promedio diario.

Ahora bien, supongamos, para efectos prácticos, que todas las SOFIPOs te pagan el mismo rendimiento y que dicho rendimiento será del 12%. 

Eso quiere decir que las 11 SOFIPOs sumadas te habrán pagado la cantidad de $240,000 de intereses y todo eso será 100% libre de impuestos.

¿Apoco no estaría padrísimo obtener $240,000 anuales sin tener que pagar ni un centavo de impuestos?

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