Paga tus impuestos con obras de arte

!Atención a las personas físicas dedicadas a las artes plásticas, pintura, escultura y arquitectura!

La noticia que te traemos el día de hoy, seguro les dará mucha felicidad.

¿Qué está pasaaaando con el SAT?

Resulta puedes pagar tus impuestos con la venta de obras de arte de tu producción. La onda está así: podrás donar o entregar tus obras de arte para que éstas puedan ser exhibidas y conservadas en museos abiertos al público.

Este es el cálculo que hace el SAT para el pago de tu impuestos

• Si vendiste hasta 5 obras de arte en el año anterior, solo te corresponde pagar 1 obra

• Si vendiste de 6 a 8 obras, debes pagar 2 obras

• De 9 a 11 obras, te corresponde pagar 3 obras

• De 12 a 15 obras, pagarás 4 obras

• De 15 a 20 obras,  pagas 5 obras

• Y si vendiste más de 21 obras, debes pagar 6 obras.

Te contamos el chisme completo

  • Los meses para presentar la declaración anual son febrero a abril de cada año (la fecha límite  para hacer tu declaración anual es el 30 de abril del próximo año).

  • Válido solo para personas físicas dedicadas a las artes plásticas.

  • Las obras o piezas de arte deben estar hechas con tus manitas.

  • También aplicará con antigüedades de las que seas propietario.

  • Tu obligación a cumplir es el pago de los impuestos de ISR e IVA que generas al vender las obras de arte que produces.

Requisitos que debes cumplir

Los del SAT van a revisar el material, el tamaño la técnica y la fecha de creación de tu obra maestra (que tenga como tope son 3 años de existencia)

Te devolverán tus obras en caso de no ser aprobadas y tendrás un plazo de tres meses aproximadamente para presentar otras de tus creaciones y si vuelven a ser rechazadas tendrás que pagar sus impuestos con dinero, como todos los mortales.

¿En dónde me registro?

Debes presentarte en la Subadministración de Pago en Especie (Administración para el Destino de Bienes o a la Administración de Operación de Recursos y Servicios, Subadministraciones de Recursos y Servicios).

¿Cuáles son los docs que debes llevar?

  1. Formato de “Aviso de inicio o término pago en especie”. Imprime el formato descargable aquí.

  2. Identificación oficial vigente 

  3.  Tu súper curriculum vitae.

  4.  Las obras de arte propuestas para el pago de los impuestos, presentar imagen digital de las obras que proponga en pago.

  5. Para el caso de obras donadas a museo tienes que presentar imagen digital de las obras. 

Aplícate y muestra tus obras, regístrate en el SAT, deduce impuestos, comparte tu talento. Probablemente, -en unos meses- tus creaciones estarán exhibidas en algún museo de México.

You got this!

 

Etiquetas:
Impuestos
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